Reconocimiento público de particulares



Honorable Cabildo del Municipio de Villa de Álvarez

P r e s e n t e . -
En mi carácter de Regidor propietario integrante de este Honorable Cabildo; y en ejercicio de las atribuciones conferidas por la fracción XI, del artículo 53, de la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima; conforme a lo dispuesto por el artículo 41, del Reglamento de Gobierno del Municipio de Villa de Álvarez, Colima, así como por la fracción III, del artículo 117, de la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima, tengo a bien exponer ante este Honorable Cabildo, para estudiar y dictaminar sobre la pertinencia de la Propuesta para promover el reconocimiento público de particulares como política pública para incrementar la gratitud y la felicidad en Villa de Álvarez, al tenor de la siguiente.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Reconocimiento es la acción y efecto de reconocer gratitud a una persona o una institución entre las demás como consecuencia de sus características y rasgos, o como consecuencia de algún favor o beneficio.

Qué reconocer los méritos o acciones constituye un acto de gratitud, la clave para la felicidad, según expertos como David Steindl-Rast.

Qué de acuerdo a los resultados de la Encuesta de Bienestar Subjetivo del INEGI (2012)  los mexicanos que reciben reconocimientos en los dos últimos años, son 6% más felices que aquellos que no ha recibido.

Qué en el Ranking de Felicidad en México, Villa de Álvarez ocupa el lugar el lugar 72 de 100 ciudades.

Que la Asamblea General de la ONU declaró por consenso que la felicidad y el bienestar" son "objetivos y aspiraciones universales en la vida de los seres humanos de todo el mundo" y que es algo a lo que los Estados miembros deben aspirar en sus políticas.

Qué uno de los pilares de la medición de la felicidad es el fortalecimiento de la vida comunitaria.

Qué promover el reconocimiento en todos los niveles, la casa, la escuela, la colonia o barrio, desde la esfera pública, social e incluso privadas, y en todos los aspectos y etapas de la vida es una alternativa para fortalecer la vida comunitaria y la felicidad.

Qué el Ayuntamiento de Villa de Álvarez tiene instituidos los reconocimientos al adulto mayor, el premio a la mujer del año, el mérito docente para maestros distinguidos por su labor social, la presea al mérito artístico Rafael Heredia Velasco para la comunidad cultural, Cabildo infantil para los niños y en algunos años se ha entregado el premio a la juventud y el premio municipal del deporte, premios y reconocimientos que merecen ganarse la confianza de los villalvarences  con una mayor difusión, transparencia, claridad en los aspectos a evaluar y selección del jurado, para ganar confianza y lograr una mayor participación.

Que los reconocimientos públicos de particulares son un área de oportunidad que merecen ser impulsados por el H. Ayuntamiento para promover la participación ciudadana en la construcción de ciudadanía.

Por lo anterior, tengo a bien someter a la consideración de este H. Cabildo del Ayuntamiento el siguiente:
ACUERDO ECONÓMICO
DISPOSICIÓN GENERAL
Artículo primero.- Este acuerdo regula el otorgamiento de reconocimientos públicos de particulares.
CAPÍTULO ÚNICO.
Artículo  segundo.- El Honorable Cabildo autoriza a los particulares realizar reconocimientos públicos a personas o instituciones colocando infraestructura o equipamiento municipal en los espacios públicos por los siguientes motivos:
a) A la memoria, colocación de infraestructura o equipamiento municipal por particulares a la memoria de alguna persona ya fallecida y que debe ser recordada.
b) En gratitud, es la donación de infraestructura o equipamiento municipal de los particulares para mostrar su agradecimiento por algún beneficio en particular a la ciudad o al municipio y puede llevar la placa donde se manifieste el motivo y quien hace la donación.
c) Al Mérito, colocación de infraestructura o equipamiento municipal por particulares dedicado a reconocer a personas vivas o fallecidas por haber realizado actos personales, familiares o sociales dignos de mencionar públicamente.
Artículo tercero.- La infraestructura o equipamiento que se puede crear para mostrar el reconocimiento público de particulares puede tener letreros alusivos al quien se está reconociendo, la razón y quien lo hace, los letreros no deben alterar la funcionalidad ni la estética de la infraestructura o el equipamiento, por ejemplo en una banca de jardín de 2.5 metros de larga la placa debe ser máximo de 15x30 centímetros.
Artículo cuarto.- La infraestructura que se puede crear son canchas deportivas, Jardines, plazoletas, fuentes, kioscos, banquetas y andadores; el equipamiento puede ser colocación de paraderos, bancas, mesas, bebederos en jardines y siembra y cuidado de árboles.
Artículo quinto.- La secretaria del Ayuntamiento a través de la Dirección de Participación Ciudadana será la responsable de promover los reconocimientos públicos de particulares, quien debe recibir las solicitudes, con la propuesta y obtener el visto bueno de la Dirección de Desarrollo Urbano o de la Dirección de Servicios Públicos para cuidar que la infraestructura no altere la fisonomía y/o funcionalidad del espacio y someterlo a la autorización del H. Cabildo en un plazo no mayor a 45 días naturales.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente acuerdo entrará en vigor a partir de la fecha de su publicación en el periódico oficial del Gobierno del Estado.


Mtro. Enrique Rojas Orozco
Presidente Municipal
José Alfredo Chávez Gonzáles
Secretario del H. Ayuntamiento
 Alfredo Hernández Ramos
Síndico Municipal

Regidores
C. María Rubio Bayón
Ramón García Contreras
Irma Pedraza Gonzales
Manuel Ignacio Zambada Torres
Esther Gutiérrez Andrade
Hermelinda Carrillo Gamboa
Gonzalo García Moreno
Adelaida Fernández Ramos
Humberto Cabrera Dueñas
Petronilo Vázquez Vuelvas
Francisco Javier Ceballos Galindo

Por lo expuesto y fundado, someto a la aprobación de este Honorable Cabildo el siguiente,
A C U E R D O
PRIMERO.- Es de aprobarse y se aprueba el Acuerdo para promover el reconocimiento público de particulares.
SEGUNDO.- Instrúyase al Secretario del H. Ayuntamiento a fin de dar cumplimiento al presente acuerdo en los términos de Ley.
Dado en el salón de Cabildo, en la ciudad de Villa de Álvarez, Colima, el 1 de diciembre de 2014.
Por lo expuesto y fundado, remito la presente Iniciativa con Proyecto de Acuerdo al Secretario de este H. Ayuntamiento Constitucional de Villa de Álvarez, para la elaboración del expediente correspondiente.

ATENTAMENTE

Mtro. Ramón García Contreras
Regidor integrante del Cabildo de Villa de Álvarez

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